No existe inconformidad con la clasificación sino con la información registrada en la encuesta.
Cuando la persona presenta inconformidad, puede solicitar la realización de una nueva encuesta ante la oficina del Sisbén del municipio o distrito en el que actualmente resida.
Una vez el respectivo ente territorial realice y envíe la correspondiente información al DNP, deben surtirse los procesos de depuración, validación y publicación según los términos dispuestos en la resolución vigente.
El resultado obtenido no se asigna ni puede variarse a discreción del DNP. Por lo tanto, es probable que una vez se aplique la nueva encuesta, la clasificación del Sisbén solo cambie si las condiciones socioeconómicas del encuestado han tenido un cambio real, razón por la cual, dependiendo de cada caso puede o no generarse un cambio significativo en el resultado, que afecte el inicial. En tal situación, de acuerdo con la normatividad legal existente, no existe un mecanismo adicional para modificar su clasificación y no es posible introducir cambios en la información para clasificarlo de una manera diferente.